miércoles 22 abril, 2020
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Con reembolso: La condición en Colo Colo a la rebaja salarial

La directiva de Blanco y Negro anunció que se acogerá a la Ley de Protección del Empleo, razón por la cual quedó suspendida la relación contractual con sus jugadores. Esta medida se tomó luego que la concesionaria no aceptara el reembolso a los dineros de los futbolistas.

En medio del receso por la pandemia de coronavirus, Colo Colo vuelve a hacer noticia fuera de la cancha. Sin fútbol en disputa, la dirigencia de Blanco y Negro quería reducir los sueldos a los futbolistas para sanear las arcas albas. Sin embargo, el plantel aceptaba la medida con la condición de un reembolso en 2021, lo que desató el quiebre.

ByN se acogió a la Ley de Protección del Empleo y suspendió los contratos con los jugadores, una medida drástica y que tomó por sorpresa al plantel capitaneado por Esteban Paredes, que a través del Sindicato de Futbolistas expresó que sí estaban dispuestos a ayudar.

El plantel negoció bajarse los sueldos entre un 30 y 40%, pero esa diferencia debería ser recuperada en enero del próximo año. Además, se ofreció jugar amistosos y participar en distintas actividades para inyectar recursos frescos.

«Somos consientes de la complicada realidad que vive Chile y el mundo (…) hemos expuesto en reiteradas ocasiones a los dirigentes de ByN que estamos dispuestos a trabajar en conjunto con el club, en un acuerdo que vaya en la línea y que ayude a sobrellevar de la mejor forma a la institución el complicado panorama que vivimos como país», dice parte del comunicado.

La publicación añadió que «hemos sido enfáticos en querer aportar y rebajar temporalmente nuestras remuneraciones (…) pero esos descuentos transitorios sean restituidos a cada uno de nosotros, pues el trabajo a distancia fue acordado con el club, por lo que hemos seguido prestando nuestros servicios hasta el día de hoy».

La misiva indicó también que «creemos que es de total justicia y sentido común lo que hemos propuesto, ya que los esfuerzos deben ser de común acuerdo y no impuestos, pues así lo establece el articulo 9 del Código 9 del Trabajo que dispone».

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